Propaganda electoral en Honduras: ¿Herramienta democrática o manipulación masiva?

Kelvin Aguirre

De conformidad al Cronograma Electoral el próximo 18 de enero se dará inicio oficial al período de propaganda electoral en las Elecciones Primarias 2025 en Honduras, un tiempo crucial que marcará la ruta hacia la jornada electoral del 09 de marzo del presente año. Esta etapa es fundamental y de suma importancia en cualquier democracia para que los movimientos internos a través de sus precandidatos presidenciales puedan presentar, pero sobre todo promuevan ante el electorado -ciudadanía hondureña sus programas de gobierno consistentes en planes estratégicos de trabajo para establecer políticas públicas que dirigirán las acciones de un posible gobierno en caso de convertirse en los candidatos oficiales de sus respectivos partidos políticos.

Las propuestas de gobierno deben divulgarse a través de la propaganda electoral mediante mensajes articulados dirigidos a la población con el fin de influir sobre su opinión y conducta.

La propaganda electoral según el Artículo 217 de la Ley Electoral vigente es la actividad que persigue promocionar y ejercer influencia en la opinión de los ciudadanos para inducir o solicitar el voto de manera expresa a favor de determinados candidatos de los movimientos internos de los partidos políticos, según sea el caso, en lugares de dominio público o utilizando principalmente medios de comunicación masivos a diferencia de la Campaña Electoral que según el Artículo 216 de dicho cuerpo legal no se permite solicitar de manera expresa el voto a favor de determinada opción política.

En tal sentido, la propaganda electoral para que tenga impacto real en la ciudadanía y pueda fomentar un voto informado se debe regir por los principios de legalidad, libertad, responsabilidad, igualdad y control.

Particularmente nos vamos a referir a los 3 últimos principios que no son excluyentes a los otros, sin embargo, por el contexto político actual que vivimos consideramos importante destacar que el principio de la responsabilidad que rige esta herramienta jurídica de la propaganda electoral, los partidos políticos que participarán en las elecciones primarias Liberal, Nacional y Libre deben tener en cuenta que deben responder responsablemente ante la autoridad electoral competente por los excesos y abusos que puedan cometer en esta etapa.

Asimismo, el principio de igualdad también lo destacamos, en función que todos tienen derecho a la propaganda ya sea gratuita u onerosa, razón por la cual el legislador en el Artículo 29 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos establece que el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe promover la firma de un convenio para la equidad en publicidad que incluya la posibilidad de que las empresas privadas de medios de comunicación otorguen espacios gratuitos a los partidos políticos.

Por último, pero no menos importante el principio de control o fiscalización de que se cumplan las prohibiciones legales en esta etapa, lo anterior, en razón que puede ser sancionados los sujetos obligados (partidos políticos, movimientos internos y sus candidatos) por los organismos electorales sin censura previa.

En consonancia los Artículos 232 y 233 de la Ley Electoral en armonía con el Artículo 30 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos son categóricos para evitar la manipulación del uso de recursos públicos al ordenar la suspensión de la publicidad estatal durante el periodo de propaganda electoral y hasta la conclusión de la jornada electoral. Asimismo, prevén que, durante los 60 días anteriores a la fecha de las elecciones generales y primarias, quedan suspendidos los actos de inauguración de obras públicas y su difusión en medios de comunicación, estableciendo como sanciones el pago de una multa equivalente a 2 veces el salario mensual y en caso de reincidencia con el doble de esta sin perjuicio de la destitución de su cargo. Las elecciones primarias y generales del presente año 2025 que marcarán historia en nuestro país, para que sean equitativas, confiables y transparentes, el gobierno debe acatar estas, así como otras determinaciones legales, evitando así que esta etapa se convierta en una herramienta de manipulación masiva más que un ejercicio democrático.

Por tanto, la propaganda electoral en Honduras debe ser un espacio para buscar el fortalecimiento de nuestra democracia por medio de la difusión de propuestas políticas y su conexión entre los postulantes y votantes, mediante el voto informado de toda la ciudadanía hondureña de forma libre y consciente. Por lo que es necesario, que nuestro ordenamiento jurídico y los órganos electorales competentes implementen los mecanismos para conciliar el equilibrio de las disputas electorales para mantener así el orden social democrático, a efectos de evitar que esta etapa no sea objeto de manipulación masiva y se protejan nuestros valores constitucionales.

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