Fredis Mateo Aguilar Herrera
El municipio de Orocuina, departamento de Choluteca, cuenta con un importante e histórico título de propiedad indígena ancestral en Santa Lucía Yuculimay de la Villa de Jerez de la Choluteca que data desde 1846 (antes denominado Hacienda de Santa Lucía Yuculimay). Dicho título fue heredado por la colonia española a favor de Sebastián de Zalazar a quien le fueron rematadas con derecho a montes, pastos, agua y abrevaderos todas estas tierras con una extensión de 8 caballerías y 15 cuerdas por la cantidad de 42 tostones y 30 maravedís (medidas y monedas antiguas españolas. Posteriormente este título fue inscrito y foliado en 1937 en el Registro de la Propiedad Inmueble de Choluteca, en 1972 se establece su protocolo y en 1984 el patronato de trabajo y desarrollo de la aldea de Santa Lucía obtiene su personería jurídica y reglamento interno que regula los comuneros y colonos.
El título ancestral indígena de Santa Lucía Yuculimay, comprende jurisdiccionalmente las actuales aldeas de Santa Lucía, San José y San Andrés, de cuales Santa Lucía es la única que está representada por un patronato de trabajo y desarrollo y una junta administradora conformada por un juez de tierras y cuatro administradores, que tienen como propósitos reglamentar y proteger sus territorios, patrimonios históricos- culturales y naturales, dar solución a los conflictos internos en relación a la tenencia de sus tierras y agua, velar por el respeto de sus linderos, restringir el uso de recursos naturales y sobre todo defender la privacidad de sus títulos de propiedad sin permitir la injerencia de otras entidades registrales del Estado hondureño para emitir escrituras públicas de títulos supletorios, dominios plenos, declaración de herencias a terceros dentro de sus propios y autónomos territorios.
La misión de las autoridades locales comunitarias, es garantizar el derecho que tienen las personas sobre la posesión de sus propiedades, respaldadas en las respectivas cláusulas legales del título ancestral y amparados en otras leyes y normativas que se emanan mismo. A nivel operativo, la junta administradora de tierras en conjunto con el patronato de desarrollo y trabajo de Santa Lucía, son los responsables de recibir las solicitudes de resolución de conflictos y luego bajo a acuerdos se nombran comisiones de inspección para dar solución a las problemáticas planteadas y de presentarse desacoto a sus leyes y reglamentos ancestrales se procede a elevar dichos casos a otras instancias legales dentro de su organización ancestral para la aplicación de sus respectivas sanciones por el juez tierras como autoridad de ese alto tribunal.
De acuerdo a Roberto Lagos, juez de tierras de Santa Lucía, narra que dentro de sus comunidades indígenas existe comuneros y colonos. Los primeros, tienen el derecho comunal y colectivo de gozar de estar exentos de impuestos por sus bienes inmuebles a la municipalidad, dado que el título respalda el territorio. Los segundos, son personas allegadas que poseen propiedades y están obligadas a pagar sus correspondientes impuestos y ninguna persona de la comunidad, con excepción del juez de tierra está autorizada a dar a un colono casa o trabajo. Entre sus cánones se establece que las comunidades y pueblos que no son parte del título ancestral y se lleven recursos de agua por tubería tiene que pagar y lo mismo harán las empresas que operan en sus territorios.
Es importante mencionar los caseríos de cada una de las aldeas que conforman el título ancestral indígena de Santa Lucía Yuculimay. A la aldea de Santa Lucía, pertenecen los caseríos: Buena Vista, Yuculimay Arriba, Yuculimay Abajo, El Jazmín, Plan Grande, El Gualiqueme, Las Chilcas, El Rodeíto, Las Pitas, Las Ventanas, Las Lajitas, El Naranjo y Los Hornos (posible su nombre se deriva porque aún hay evidencias de hornos donde se procesaba brea de ocote en tiempos ancestrales). A la aldea de San José, sus caseríos son: El Espíritu Santo, El Puerco (existe árbol homónimo), Los Araditos, Los Sánchez, Matapalito, Las Trancas, Potrerillos, El Espino, Portillo del Ocote, Cerro Quebrado, Casco de Burro, Los Limones, Lodo Podrido. A la aldea de San Andrés, los caseríos: El Matapalo, El Chupadero, El Carrizal, El Portillo, Combalí, Los Achiotes, Las Astas y Los Planes.
En varios de estos lugares como El Rodeíto, El Jobo, Isletas, Yuculimay Arriba, El Naranjo y Las Pitas se encuentra arte rupestre de petroglifos que varían desde caras grabadas y pinturas hasta una variedad de figuras complejas en cantos rodados o paredes rocosas difíciles de interpretar. Además, hay vestigios de muchos utensilios de uso doméstico tallados en piedra. Toda esta riqueza arqueológica del pasado, debe conservarse y valorarse para poder saber de dónde venimos y cómo evolucionamos las poblaciones y por lo tanto todos estos restos deben mantenerse en su lugar de origen para poder así estudiar su historia y fortalecer su identidad local de todos los territorios indígenas ancestrales.
Las autoridades y pobladores de estas comunidades indígenas hacen un llamado enérgico al Estado hondureño para que se les respete su autonomía en cuanto a sus títulos de propiedad ancestral y su patrimonio histórico- cultural y natural como bienes colectivos de sus territorios.