A más tardar, el 8 de noviembre, a las 11:59 de la noche, los movimientos deberán inscribir sus planillas para participar en las elecciones primarias del 9 de marzo del 2025, según el reglamento publicado en el diario oficial La Gaceta.
De conformidad con la Ley, siempre que exista más de un movimiento interno en contienda, los partidos políticos están obligados a practicar elecciones primarias para la escogencia de sus candidatos a cargos de elección popular.
Por ahora, solo LIBRE, el Partido Nacional y Liberal, de los 12 institutos políticos inscritos, tienen corrientes, aunque no se han precisado la cantidad por cada partido.
De todos modos, cada una de estas facciones deben presentar las firmas de ciudadanos que los avalan, que para los liberales son 6,715; 24,805 para los nacionalistas y 34,336 para el partido en el poder, LIBRE. Esta cifra equivale al dos por ciento de los votos que cada uno de ellos sacó en las elecciones generales del 2021.
Además, debe cubrir 14 de los 18 departamentos para diputados y 200 de las 298 alcaldías con la advertencia que “el nombre y apellidos de cada candidato debe ser el que aparece exactamente en su Documento Nacional de Identificación. No se aceptarán seudónimos, sobrenombres o apodos”.
Otra de las exigencias para los aspirantes, es que deben ser mayores de 30 años, si quieren ser presidente o diputado, y 18 años para los que aspiran a una alcaldía.
En total, son 3,064 cargos de elección popular en disputa por cada partido, repartidos en 2,764 en regidurías; 298 alcaldías y 298 vicealcaldías; 256 diputados propietarios y suplentes, tres designados, 40 diputados al Parlacen entre propietarios y suplentes y un presidente de la República.
FILTROS, ALIANZAS Y LA TRENZA
Cumpliendo los requisitos de rigor, cada planilla deberá pasar dos filtros. En primera instancia, se inscribirán en el seno de su partido y después harán lo mismo ante el CNE.
Conforme al artículo 33 de este reglamento, se permite las alianzas y las mismas deben ser presentadas al momento de la solicitud de inscripción de los movimientos internos y luego ser reconocidas e inscritas en el CNE, el 13 de diciembre del 2024.
Con respecto al principio de paridad, todas las nóminas deben integrarse con un 50 por ciento de mujeres y un 50 por ciento de hombres. Se exceptúa en las vicealcaldías las que no deben guardar ninguna relación con el aspirante a alcalde ya que la alternancia comienza con el primer regidor. En el caso del Parlacen se pueden enumerar tres mujeres seguidas u hombres, pero guardar esta misma proporción en el resto de la planilla.
En las nóminas de diputados al Congreso Nacional y al Parlamento Centroamericano la paridad es aplicable tanto a la nómina de propietarios como de suplentes y en caso de que la misma sea impar para diputados al Congreso Nacional, la diferencia del total de hombres y mujeres no debe ser superior a uno. En el caso de Gracias a Dios, que solo tiene un diputado, se debe aplicar el principio de representación de ambos sexos, de manera alterna entre propietario y suplente. (EG)