El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Edgardo Cáceres Castellanos expresó que “si se quiere dejar sin efecto la figura de la extradición, todavía hay una convención de extradición de Montevideo, Uruguay firmada en diciembre de 1933 que es vinculante con Honduras y Estados Unidos que también es suscriptor, en consecuencia, mientras no se denuncie, está en vigor”.
Por lo tanto, “vencido los seis meses de preaviso ante la denuncia contra el tratado bilateral entre Honduras y Estados Unidos, siempre continuará en vigor la figura de la extradición que la establece la convención sobre extradición de Montevideo, Uruguay”.
Este miércoles, la Presidenta de la República Xiomara Castro ordenó al canciller Eduardo Enrique Reina que denunciara el Tratado bilateral de Extradición suscrito con Estados Unidos desde 1912, en tal sentido, se envió la nota verbal 111- DGAJTC-2024, a fin de dar por terminado el mismo.
Cáceres continuó que “en el caso del tratado denunciado, este sigue en vigor hasta que se venza el período de los seis meses, si hay solicitudes se tienen que tramitar”.
“Si no se quiere mantener la figura de extradición en Honduras, entonces habrá que denunciar la convención de Montevideo en la cual se establece que el período de preaviso es de un año”, explicó.
Caso contrario, indicó “si no se ha denunciado la convención de extradición de Montevideo, Uruguay, Estados Unidos siempre podrá solicitar extradiciones a Honduras”.
Recordó que, de conformidad con el tratado bilateral de extradición entre Honduras y Estados Unidos, “el que ya no estuviere de acuerdo con mantenerlo conforme a la cláusula 14 se tiene que dar un preaviso de seis meses de anticipación que ya se ha hecho”.
“Ya se hizo la denuncia del tratado bilateral, pero existe el tratado colectivo que es la convención de Montevideo, Uruguay que tengo entendido no ha sido denunciada por el gobierno de Honduras y que también es vinculante”, remarcó.
Este jueves trascendió que Estados Unidos urge a Honduras a repensar su decisión de dar por terminado el tratado bilateral de extradición.
“Los Estados Unidos están pidiendo una reconsideración, pero será una decisión siempre del gobierno si lo reconsidera o no”, remarcó el togado.
No obstante, “mientras se encuentre en vigor el tratado de extradición bilateral que vence en seis meses, creo que hasta en marzo del próximo año, se podrá continuar realizando procesos de extradición solicitados por Estados Unidos a Honduras”.
Si Honduras toma la determinación de denunciar la convención de Montevideo, Uruguay, el período para qué deje de ser aplicable es de un año.
Por consiguiente, si se efectúa también la denuncia a la convención de Montevideo, Uruguay, una vez vencido los dos períodos (seis meses por el tratado bilateral y un año por la convención), el exmagistrado Cáceres apuntó que “ya se extingue la obligación del Estado denunciante sobre la figura de la extradición”.
Entre los gobiernos suscritos a la convención de extradición de Montevideo, Uruguay, se encuentra Honduras (ratificada con reservas), Estados Unidos (ratificada con reservas), El Salvador (ratificada con reservas), República Dominicana, Haití, Argentina, Venezuela, Uruguay, Paraguay, México (ratificada con reservas), Panamá, Bolivia, Guatemala, Brasil, Ecuador (ratificada con reservas), Nicaragua, Colombia, Chile (ratificada con reservas), Perú, Cuba. (XM)